El acuerdo del CCT 589/10 establece incrementos sobre los salarios básicos, actualiza la suma fija remunerativa durante tres meses y contempla una nueva negociación en septiembre para evaluar una eventual recomposición salarial.
La Federación Argentina de Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal (FATERYH) y las entidades empleadoras del sector firmaron un nuevo acuerdo paritario para los encargados de edificios comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo 589/10, que fija aumentos salariales para los meses de julio, agosto y septiembre de 2026 e incorpora una cláusula de revisión para continuar la negociación.
El entendimiento, suscripto entre la organización sindical, la Unión Administradores de Inmuebles, la Cámara Argentina de la Propiedad Horizontal y la Asociación Inmobiliaria de Edificios de Renta y Horizontal, dispone incrementos porcentuales sobre los salarios básicos y actualiza la suma fija remunerativa mensual.
Encargados de edificios: cómo se pagan los nuevos aumentos
Para los haberes correspondientes a julio de 2026, las partes acordaron un incremento del 2% sobre el salario básico de junio para la cuarta categoría prevista en el convenio. Ese porcentaje se traslada de manera proporcional al resto de las categorías y a los adicionales convencionales.
Además, se estableció una actualización de la suma fija remunerativa mensual, que asciende a $25.000 y deberá abonarse junto con los salarios del mes.
En agosto, el acuerdo prevé un nuevo incremento del 1,9% sobre el salario básico vigente en julio, aplicable bajo el mismo criterio a todas las categorías y adicionales convencionales. También se mantiene el pago de la suma fija remunerativa mensual de $25.000.
Para septiembre, el acta no incorpora un nuevo porcentaje sobre los salarios básicos, aunque dispone la continuidad de la suma fija remunerativa de $25.000, que deberá abonarse junto con los haberes correspondientes a ese mes.
Revisión salarial en septiembre
Uno de los puntos centrales del acuerdo es la incorporación de una cláusula de revisión. Las partes se comprometieron a volver a reunirse durante septiembre de 2026 para analizar la evolución de las variables económicas y definir una eventual recomposición salarial para los meses siguientes.
De esta manera, el entendimiento deja abierta la posibilidad de nuevas actualizaciones en función de la inflación y de la evolución del poder adquisitivo de los trabajadores del sector.
Vigencia del acuerdo y homologación
El acuerdo será presentado para su homologación ante la Secretaría de Trabajo. Sin embargo, las partes dejaron establecido que, si al momento del vencimiento del pago de los salarios de julio, agosto o septiembre el acto administrativo aún no hubiera sido dictado, los empleadores deberán liquidar igualmente los incrementos previstos bajo el concepto «a cuenta del acuerdo paritario», utilizando como referencia las escalas salariales que publique la organización sindical.















